III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley declara: SE HOMOLOGA la transacción celebrada en fecha 13 de marzo de 2007, por una parte por la abogada MAULIS CASTILLO GIMÓN, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada, sociedad mercantil INVERSIONES VERACER, C.A., y por la otra, la abogada MARBELLA DE TESCARI, en su condición de accionante, en los mismos términos expuestos por las partes, de conformidad con lo previsto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión, a los fines de su archivo en el copiador de sentencias que lleva este Juzgado, tal y como lo dispone el artículo .....