Con fundamento en lo anteriormente expuesto, Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 03 el Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Considera quien Juzga, que vista las actuaciones que rielan en el presente expediente constante, y escuchada la solicitud realizada por la Representación Fiscal, quien es la titular de la acción penal, RATIFICA al acusando JAVIER ANTONIO PERDOMO CAMACARO, titular de la cedula de identidad Nº 11.879.716, Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada treinta días (30) días por ante este tribunal.
SEGUNDO: Este tribunal deja sin efecto la orden de aprehensión acordada en fecha 17-11-2010.
TERCERO: Se fija juicio oral y publico Unipersona.....