este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara formalmente embargada preventivamente la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON DIECIOCHO (Bs. 64.834,18), que es el equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que se encuentra depositada en la cuenta corriente No. 0102-0329-55-0100072262, del BANCO DE VENEZUELA, haciéndole la advertencia a la notificada de que debe retener dicha suma de dinero, remitiéndola directamente, en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, expediente No. 57.163.