Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha cinco (05) de Marzo de 2012, por el ciudadano Rodolfo Plaz Abreu, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la recurrente "BANCO EXTERIOR, C.A. BANCO UNIVERSAL.", constante de tres (03) folios útiles y dos (02) anexos identificados con los números "1" y "2", por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.