declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de Intimación por Cobro de Bolívares, interpuesta por los abogados Cesar Ramóm Russo Marcano y Marisela Herrera Romero, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 56.993 y 23.077, respectivamente, en representación de la Sociedad Mercantil SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS RUPRI C.A., contra la empresa Centro Simón Bolívar C.A. En consecuencia:
PRIMERO: Se ordena a la empresa Centro Simón Bolívar C.A., proceda a cancelar a la empresa "Servicios y Mantenimientos Rupri, C.A.," el monto correspondiente a la ejecución de la obra "Acondicionamiento Físico Áreas Paseo Vargas", por un monto de diecisiete mil novecientos cincuenta y cinco bolívares fuertes con treinta y nueve céntimos (Bs.F. 17.955.338,00), en los términos expuesto en la parte motiva del presente fallo.
SEGUNDO: Se ordena el pago de los intereses de mora, en los términos expuesto en la parte motiva de la presente sentencia.
TERCERO: Se niega el pago del monto correspondi.....