Por todos los argumentos anteriormente señalados, esta Sala Accidental de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones Ordinaria, de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO la decisión dictada en fecha 23-01-2024, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del estado Carabobo Extensión Puerto Cabello. SEGUNDO: SE ORDENA a un Juez de Juicio distinto a conocer la Acusación Privada, con prescindencia de los vicios que conllevaron al decreto de nulidad. TERCERO: Se ORDENA al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial del estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, remitir la totalidad de las actuaciones del expediente signado bajo asunto principal numero GP11-AP-2024-000007 (SACCES), y Recurso de Apelación de Au.....