este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al ciudadano JORMAN JOSÉ REINA, titular de la Cedula de Identidad No. V- 12.101.912, por cuanto no dio cumplimiento a las presentaciones ordenadas por el Juez de Control en su oportunidad y en consecuencia ha incumplido con las condiciones de la medida acordada en relación a dichas presentaciones cada 15 días por ante la Oficina del Alguacilazgo; por lo que se Decreta MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 250 en concordancia con el articulo 251 ordinal 4 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena librar la correspondiente ORDEN DE CAPTURA y oficiar a los órganos de seguridad del Estado. Notifíquese a las partes.