DECISION
Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente homologación al desistimiento efectuado en la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción, presentada por la ciudadana Estanislaa Herrera de González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.444.382, y de este domicilio; hágase entrega a la parte solicitante de los documentos originales insertos desde el folio 9 hasta el folio 12, ambos inclusive, y déjese en su lugar copia fotostática certificada de los mismos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los catorce (14) días del mes de abril de 2008. Siendo las 02:00 de la tarde. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el copiador .....