III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En fuerza de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 08 de enero de 2008, por el abogado EZEQUIEL CABRERA OLETTA, apoderado judicial de SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A., en contra de la decisión de fecha 07 de enero de 2008, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA con base a los motivos expuestos en la motiva del presente fallo la decisión dictada en fecha 07 de enero de 2008, dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la parte actora .
TERCE.....