el Juzgado Segundo Ejecutor De Medidas De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley Declara Secuestrado el vehiculo ya identificado y se lo entrega al representante de la depositaria judicial la valenciana anteriormente identificado y expone: "Recibo el vehiculo para su deposito judicial en las condiciones antes descrita y el mismo seria trasladado en grúa hasta las instalaciones de la depositaria judicial, es todo".