Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 19-10-2010, por lo que hasta el día de hoy 14-04-2011, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido CINCO (05) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, faltándole por cumplir CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y CINCO (05) DIAS. Por lo que, CUMPLE LA PENA PRINCIPAL EL DÍA: 19-02-2017.-
Determinado así el cómputo de la pena, es procedente establecer las fechas de acceso a las medidas de pre-libertad; y a tal efecto, se observa lo siguiente:
1) La cuarta parte (1/4) de la pena, para optar al BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, la cumplirá el 19-05-2012, previo el cumplimiento de los demás requisitos legales.
2) La tercera (1/3) parte de la pena, para optar al BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, la cumplirá el día 29-11-2012, previo el cumplimiento de los demás requisitos legales.
3) Las dos terceras (2/3) partes de la pena, para optar al BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, la cumplirán el d.....