IV
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por el ciudadano JOSÉ JOEL GOMEZ CORDERO, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 57.049, en su carácter de defensor del ciudadano JOSÉ MIGUEL ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.495.454, contra la decisión dictada el 30 de enero de 2015, por el Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual Niega la Conmutación de la Pena en Confinamiento al ciudadano mencionado.
Publíquese, diarícese, notifíquese a las partes y remítase la presente incidencia al Tribunal de origen.
LA JUEZ PRESIDENTE
SONIA ANGARITA
(PONENTE)
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