PRIMERO: SIN LUGAR la apelación intentada por el abogado LUIS OMAR MORALES, en fecha 20 de marzo de 2006, contra el auto de fecha 16 de marzo de 2006, donde el Tribunal de la causa se declaró inadmisible la demanda de Tercería, intentada por el ciudadano José Rafael Ruiz, contra los ciudadano Nelly Buloz Elia y Román José Arnaldo Paz Pérez.
SEGUNDO: CONFIRMA, el auto que declaró inadmisible, la demanda por Tercería, intentada por el ciudadano José Rafael Ruiz.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente sentencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.