En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: " La Entrega Material del inmueble constituido por un apartamento identificado con el No 02-03, bloque 3, edificio No 1, de la urbanización la Goajira, de la ciudad Acarigua, Estado Portuguesa, al apoderado actor Abg. Marcial Antonio Mendoza, libre de bienes y de personas, ya identificado, quién estando presente expone: "Recibo conforme el inmueble antes identificado y señalado libre de bienes y de personas y en este mismo acto solicito al Tribunal deje la presente medida de embargo ejecutivo abierta para embargar bienes propiedad del demandado en otra oportunidad, ya que en este momento no existen bienes propiedad del demandado para embargar, es todo". El Tribunal da por cumplido su .....