En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado 24° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este circuito Judicial, de fecha 13.04.2009. Segundo: Por razones de orden público y a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso (artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), garantizar la sanidad procesal y retardo innecesarios, se repone la presente causa al estado que la Juez 24° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, fije mediante auto expreso la oportunidad para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar.....