CAPITULO IV
DECISIÓN
En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con lugar la pretensión por Divorcio Ordinario fundamentada en la causal 3° del artículo 185 del Código Civil Venezolano, es decir, los excesos, sevicia e injurias graves que hagan imposible la vida en común, incoada por la ciudadana Lisbeth Carolina Marin Cedeño de Huerta, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.259.531, en contra del ciudadano Luis Alberto Huerta Falcon, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.544.930. En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos Lisbeth Carolina Marin Cedeño de Huerta y Luis Alberto Huerta Falcon, en fecha 02 de novi.....