e DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 188 y 189 del Código Civil, en concordancia con el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Con respecto a los bienes, estos quedan separados tal y como fue señalado en el escrito de solicitud, según lo establecido en el artículo 190 ejúsdem. Expídanse por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y del presente auto, y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 ibídem, una vez sea consignada por los solicitantes los fotostátos correspondientes. Asimismo, con respecto a lo solicitado, este Juzgado NIEGA la devolución de los originales, por cuanto la presente solicitud se encuentra en fase de instrucción. Cúmplase.
LA JUEZ
MARITZA J. BETANCOURT M
EL SECRETARIO,
JONATHAN GUILLEN
Exp. Nº AP31-S-2013-002195
MJBM/.....