este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como: UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de los ciudadanos: LADYS ESTHER RAMOS RUEDA, YULIETH RAMIREZ RAMOS, YANNY RAMIREZ RAMOS Y CARLOS FERNANDO RAMIREZ RAMOS, titulares de las cedulas de identidad Nros. E-82.076.316, V-17.517.680, V-18.107.360 y V-21.200.650; sobre unas bienhechurías construidas en una extensión de terreno propiedad del Municipio Juan José Mora, que mide CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS (492.97 Mts2), consistente en una casa de habitación, construida con paredes de bloque, techo en la cocina de platabanda y el resto de la casa de zinc con instalación de cielo raso, piso en la cocina de cerámica y el resto de la casa de caico, y distribución de la siguiente manera: Una sala, un comedor, una habitación con baño privado, un baño auxiliar, una cocina empotrada, cinco habitaciones en con.....