Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha tres (3) de febrero de dos mil catorce (2014), por el Abogado JOAO HENRIQUES DA FONSECA, parte intimante en la acción, en contra del auto pronunciado por el Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha treinta (30) de enero de dos mil catorce (2014), que admitió los medios de prueba promovidos, por el abogado OSCAR JAVIER FUENMAYOR, ya identificado, procediendo con el carácter de apoderado judicial de la parte intimada, ciudadano MIGUEL ANGEL QUINTERO LOPEZ, mediante escrito presentado en fecha veintinueve (29) de ese mismo mes y año. En consecuencia, QUEDA CONFIRMADO el auto apelado.....