Decisión
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SU COMPETENCIA para conocer de la presente acción.
Segundo: La ADMISIÓN del presente recurso contencioso administrativo funcionarial.
Tercero: CITAR al ciudadano Procurador General de la República y notificar a los ciudadanos Ministros del Poder Popular para la Salud y del Poder Popular de Petróleo y Minería, conforme a la presente providencia.