En consecuencia esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por el Abogado David Alejandro Valles Q., Defensor Público Primero Auxiliar, adscrito a la defensa pública del Estado Carabobo, actuando en defensa de los derechos y garantías constitucionales y legales que le asisten al ciudadano Johandry Jesús Arcila Ruiz, en contra de la decisión dictada en fecha 24 de Abril del 2015, y publicado el auto motivado el día 12 Mayo del 2015, por el Tribunal Décimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-P-2015-006414, mediante el cual decretó Medida De Privación Judicial Preventiva De Libertad, en contra del prenombrado imputado, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado .....