Por cuanto no ha habido oposición el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle ala ciudadana Nairoby del Valle Hernández Lacruz, ya identificada el derecho de propiedad y posición sobre las bienhechurías antes descritas, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que fue presentado Acta Nº 89-2009 de fecha cuatro (04) de Noviembre de dos mil ocho (2008) emitida por el Consejo Municipal y autorización del ciudadano José Toribio González Lacruz, para el levantamiento del presente Titulo Supletorio.
Devuélvase las actuaciones en originales con sus resultas.
La Juez Provisorio.
Abg. Yaneth García González.
La Secretaria.
Ab.....