Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda:
SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha veintiséis (26) de mayo del año dos mil cuatro (2004), en cuanto a que declaró INADMISIBLE el Recurso de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Amparo Constitucional incoado por los ciudadanos: María Carolina Salvi, Emilio José Romero Mora, Carlos Montes, Alfredo Rodríguez, José Robles, Cilino Marín, Josfir Pérez, Edecio Ventura, Richard Díaz, Orlando Carmona, Alexis Becerra, Flor Parra, Lilia Pérez, María Argelia Magallanes, Rafael Quero, Víctor Cortez y José Rodríguez quienes son mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las.....