Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por el Ciudadano ALEJANDRO CASTILLO, en su condición de Apoderado Judicial de la demandada, y en consecuencia se revoca por contrario imperio las actas dictadas por el A quo en fecha 03 de Marzo del año 2003, folio 236 y 237, de fecha 17 de Marzo del año 2005, folio 242 y 243. Y ASÍ SE DECIDE.
Se ordena remitir el expediente al Tribunal A quo a los fines de que cumpla lo ordenado en esta sentencia.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los Catorce días (14) días del mes de Junio del.....