DISPOSITIVO
En virtud de las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las abogadas Adelaida Díaz y Yanet Hidalgo, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 162.269 y 162.237, respectivamente, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora, contra la decisión de fecha 27 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la pretensión de nulidad de contrato contenida en la demanda incoada por la ciudadana Lilian Gisela Bello, contra Jhuancarlo González Viloria, plenamente identificados ab initio del presente fallo.
TERCERO: SE CONFIRMA la decis.....