DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, en la presente demanda de nulidad interpuesta por el abogado César Pérez Guevara, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 232.729, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CHRONO STORE SAMBIL C.A., de este domicilio, registrada por ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda en fecha 20 de agosto de 2010, anotado bajo el N° 24, Tomo 166, R.I.F J-29952714-9, en contra de la Providencia Administrativo N° 0082, alusiva al expediente N° MC-0642/09-16, de fecha 14 de octubre de 2016, por la UNIDAD EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO PARA USO COMERCIAL ADSCRITA AL VICEMINISTERIO DE GESTIÓN COMERCIAL DEL MINISTERIO DEL.....