Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE PARCIALMENTE la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia emanada de este Juzgado en fecha 30 de mayo de 2024, solicitada por la parte demandante en el juicio incoado por la ciudadana CARMEN ROSA FUENMAYOR ÁLVAREZ contra las entidades de trabajo COMPLEJO EDUCATIVO VARGAS C.E.V., C.A., UNIDAD EDUCATIVA VARGAS II, UNIDAD EDUCATIVA PRIVADA PREESCOLAR VARGAS IV, UNIDAD EDUCATIVA JOSÉ MARÍA VARGAS, y los ciudadanos: JOSÉ ÁNGEL VARGAS MENDOZA y NÉLIDA MORENO DE VARGAS, demandados en forma personal y solidaria. Así se decide.-