Este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso de Nulidad interpuesto por el SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO, JOSE RAFAEL CAMPOY GOITIA, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO BEJUMA DEL ESTADO CARABOBO, y en consecuencia declina la competencia para conocer del asunto, al Juzgado Superior Civil, y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, con sede en la Ciudad de Valencia del Estado Carabobo, donde se ordena remitir con oficio las actuaciones en el contenida. Publíquese y regístrese la presente decisión, guárdese un ejemplar en el copiador de sentencia.