Al folio 39 de autos riela original de constancia de trabajo de fecha 27 de abril del 2007, emanada del departamento de recursos humanos de la demandada, de la que se verifica la fecha de ingreso señalada por el actor en el libelo (03 de abril del 2006); de igual forma al folio 41 cursa oficio dirigido al trabajador, emanado de la Dirección de Personal de la demandada, verificándose en tales documentos la prestación de servicios del actor; por cuanto estas documentales no fueron impugnadas quien juzga les otorga pleno valor probatorio. Así se establece. Con base en lo anterior, se declara la existencia de la relación laboral, al soportarse la prestación personal del servicio en los documentos ya analizados. Así se decide.-