éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado el Penado venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad 24.715.192, nacido en fecha 12-02-1990, de profesión u oficio Limpia Zapatos, de estado civil soltero, hijo de Del Valle Martínez y Geronimo Rodríguez, residenciado en la Calle Acosta, al final, cerca de la Bodega de Soledad, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, El Beneficio De Suspension Condicional De La Ejecucion De La Pena, que le fuere impuesta por la comisión en concurso real de los delitos de Robo en la Modalidad de Arrebatón, y Lesiones Personales Leves, previstos y sancionados en los artículos 456 y 416 ambos del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, por el lapso de Dos,(.....