/ Se publicó y consignó resolución declarándose: 1°) HOMOLOGADA la conciliación celebrada por las partes en la demanda intentada por el ciudadano Froilán J. Reyes P. contra la sociedad mercantil denominada "Prevención 357, c.a.", ambas partes debidamente identificadas en los autos. No hay condenatoria por cuanto ninguna de las partes resultó totalmente vencida en este proceso. 2°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive.