De manera que, este Tribunal Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA incoada por el ciudadano JESUS ALEXANDER PEÑA PERNALETE en contra de DOCUMENTOS MERCANTILES S.A. (DOMESA) , por motivo de Accidente de Trabajo y otros conceptos laborales.