El Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento efectuado por los ciudadanos JIMÉNEZ CARRASCO OSCAR ANTONIO y BRACAMONTE ALVAREZ ROSA MARIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-7.420.493 y V-11.433.610, respectivamente, conforme consta de instrumento poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Trigésima Segunda de Caracas, de fecha 18 de noviembre de 2016, anotado bajo el N° 29, tomo 185, folios 116 al 118. Así se decide, y se ordena devolver los documentos originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de los mismos, una vez sean consignados por medio de diligencia los fotostatos respectivos. Se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente. Remítase al Archivo Judicial Regio.....