Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la nulidad solicitada.- SEGUNDO: IMPROCEDENTE la falta de cualidad alegada.- TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JESUS LEOPOLDO TORRES ORTIZ, contra la demandada PROMOCIONES VISTA HERMOSA C.A., y consecuencialmente, se condena a esta última a cancelar al actor las cantidades que resulte del pago de los siguientes conceptos: : 1) Antigüedad (art. 108 LOT) 50 días; 2) Indemnización por despido injustificado art. 125 LOT 30 días de salario; 3) Preaviso 104 30 días; 5) Vacaciones Vencidas y Fraccionadas 15 días y 1.15 días respectivamente; 6) Bono vacacional vencido y fraccionados 08 días y 1 día respectivamente; 7) Utilidades vencidas y fraccionadas 36 días y 3.....