III
DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia, en la demanda por Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos Miguel Felipe Echenagucia Martínez y Naila Carolina Godoy, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.848.811 y V-15.914.785, respectivamente, y de este domicilio.
Notifíquese a los solicitantes de la presente decisión mediante boleta.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los catorce (14) días del mes de agosto de 2008, siendo las 10:00 de la mañana. Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación. Publíquese, regístrese y anótes.....