Por todos los razonamientos arriba señalados, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declina la competencia por la materia en el presente juicio, en el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Occidental de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a fin de que conozca de la causa. Remítase el presente expediente en su forma original junto con oficio, una vez que haya culminado el lapso de ley.