este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana LILIBETH MASABE VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.527.165 contra la empresa PLASTICOS VALENCIA C.A., y se ordena a la empresa accionada, restituir la situación jurídica infringida mediante el cabal e inmediato acatamiento de la Providencia Administrativa No. 00465 de fecha 14 de Noviembre de 2011 dictada en el expediente administrativo 00465-01-00621 llevado por la Inspectoría del Trabajo Batalla de Vigirima de los Municipios Guacara, San Joaquin, DiegoIbarra y Los Guayos del Estado Carabobo, mediante la cual se declara con lugar el reenganche y pago de salaros caídos del accionante.