Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA FALTA DE JURISDICCIÓN de este Tribunal para conocer y decidir la presente demanda por Calificación de Despido, Reenganche y Pago de los Salarios Caídos, interpuesta por la ciudadana VANESSA DEL CARMEN VILLEGAS, contra la entidad de trabajo COMPLEJO EDUCATIVO FERMIN TORO, C.A. plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Por cuanto no hay norma en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que regule el trámite procedimental relacionado con la Falta de Jurisdicción, es por lo que en virtud de los dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y aplicando lo preceptuado en los artículo 59 y 62 del Código de Pr.....