Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Bancario y Marítimo del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara SIN LUGAR el recurso de Regulación de Competencia intentado por el ciudadano Abogado SALOMON ESPINA actuando con el carácter de Apoderado Judicial de las empresas NO-METALICOS VENTIALDOS, C.A. y solidariamente con la empresa ALONSO MICRON, C.A.-