este Tribunal actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta en fecha 26 de septiembre de 2003, por la ciudadana YELITZA JOSEFINA TORREALBA en nombre y representación de sus hijos XXXXXX y XXXXX Torrealba, asistida por la abogada AMERICA CASTILLO, todos plenamente identificados, de conformidad con el ordinal 4° del articulo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derecho y Garantías Constitucionales.
No hay condenatoria en costas por cuanto no hay evidencia de temeridad en el juicio.
Regístrese y Publíquese.