Se dictó Interlocutoria, mediante la cual, se acuerda revocar las condiciones cautelares sustitutivas de la privación de Libertad impuestas al acusado, de conformidad con lo establecido en elartíoicuo 262, numeral 2°, por lo que se decreta medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en su contra, y en consecuencia se ordena librar orden de captura. Todo ello de conformidad con lo establecido en os artículos 250, 251, 252 y 262 del COPP.