ÚNICO: IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ELAINE COROMOTO AÑEZ RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V-7.403.347, asistida por el abogado FREDDY RONDÓN OLIVARES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 76.095, contra actuaciones judiciales efectuadas por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el asunto de amparo constitucional signado con el N° KP02-O-2021-000003.