En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad al criterio jurisprudencial parcialmente trascrito, el cual esta Superioridad hace suyo, declara: ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado CARLOS DÍAZ MÉNDEZ, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, contra el fallo dictado por este juzgado en fecha 24 de septiembre de 2025 y su aclaratoria de fecha 29 del mismo mes y año, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la sociedad mercantil GRANELES SWITZERLAND, S.A, contra la sociedad mercantil AGROPECUARIA GRANO DE ORO, C.A; todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 312 y 315 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena re.....