Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD previstas en los ordinales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados EDUIN JOSE ANDRADE BRACHO, titular de la cédula de identidad N° V.17.412.520, fecha de nacimiento 13-04-78, de 29 años de edad, Concubino, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio Mecánico, hijo de LESBY ANDRADE Y TRINA BRACHO, residenciado en el sector Belloso, avenida 89 con 14B, casa N° 89B-60, a dos cuadras de la caja regional, Maracaibo, Estado Zulia. PASTOR FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V.7.745.417, fecha de nacimiento 10-08-40, de 67 años de edad, Concubino, de nacionalidad Venez.....