Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara el Sobreseimiento de la causa penal signada por este Despacho con el N° CO2-2596-2007, instruida contra el ciudadano PABLO EMILIO DURAN PARRA, plenamente identificado en aparte anterior, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 (hoy 413) del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana GRISETT DEL CARMEN GALLARDO GOLIETE, dada la solicitud interpuesta por el representante de la Fiscalia XXI del Ministerio Público, Abogado JOSE ANGEL CAMACHO REYES, lo cual acarrea la extinción del ejercicio de la acción penal, al haber prescrito por el transcurso del tiempo, resultando oc.....