Se declara SIN LUGAR la oposición realizada por la ciudadana LUZ MARINA URBANO, asistida por los abogados MINERVA ROSALES y JAVIER ROSALES, mediante el cual se oponen a las pruebas presentadas en fecha 24 de octubre del año 2.011, por el abogado HONNY ALEXANDER CLAVO DIAZ, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada ciudadanos ANTONIO MANUEL BOTA NUNES y YEISA LORENA SALCEDO ARAQUE, todos suficientemente identificados en autos, y ASÍ SE DECIDE