DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión de fecha 08 de agosto del año 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. TERCERO: SE REPONE la causa al estado que el Tribunal a quo fije oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, concediéndole a la demandada un (01) día de término de distancia, en virtud y consideración de su domicilio constitutivo estatutario.