Se declaró CON LUGAR la querella interpuesta; en consecuencia: PRIMERO: SE DECLARAN NULOS los actos administrativos de remoción y retiro contenidos en la Providencia Administrativa Nº 001-2011 de fecha 11 de febrero de 2011 y en el Oficio Nro. 100075 de fecha 11 de marzo de 2011; respectivamente, mediante los cuales la querellante fue removida y retirada de su cargo, por los razonamientos expuestos en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: SE ORDENA la reincorporación de la querellante al cargo de Jefe de División del Instituto Municipal de Vivienda y Hábitat del Estado Miranda (INVIHAMI); o en otro cargo de igual o superior jerarquía dentro de un Organismo de la Administración Pública. TERCERO: SE ORDENA el pago integral de los salarios dejados de percibir desde su ilegal remoción y retiro, hasta su efectiva reincorporación al cargo que venía desempeñando, con las variaciones que en el tiempo haya experimentado el sueldo del cargo asignado. CUARTO: SE ORDENA el reconocimie.....