V.- DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 17.03.2016, (f.121, p.3), por la abogada MARIA JESUS LUIS LUIS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil MENSAJEROS RADIO WORLWIDE C.A., contra la sentencia de fecha 27.11.2015 (f.100 al 111, p.3), dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró: "(...)PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por la Sociedad Mercantil TRANSPORTE SAN GREGORIO C.A., contra la Sociedad Mercantil MENSAJEROS RADIO WORLWIDE C.A., R.....