El Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y especialmente en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos DAVID RAFAEL SOTO PEREZ y MAIRA DEL CARMEN ALDANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.532.994 y V-10.383.457, respectivamente, asistidos por la abogada DARELY JUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo matricula Nº 140.932, por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Iribarren, del Estado Lara, en fecha veinte (20) de diciembre del año dos mil doce 2012, anotado bajo el Nº 579, del Libro de Regist.....